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Agència Catalana del consum - www.gencat.cat

Precios

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Informacin general

1.Elprecio de los productos
1.1. Precio de venta
1.2. Precio por unidad de medida
2.El precio de los servicios

En la gran mayora de servicios y productos de consumo el precio es libre, con la excepcin de algunos productos de primera necesidad o de materias primas estratgicas, bienes producidos o comercializados en rgimen de monopolio o concesin administrativa y servicios bsicos como, por ejemplo, el agua, la luz, el gas, el telfono...

La ley, no obstante, obliga a los establecimientos a dar la mxima informacin sobre los precios de los productos y servicios, de forma que puedan ser exigibles por el cliente, puesto que el precio anunciado vincula al establecimiento.

1.El precio de los producto

1.1. Precio de venta
El precio de venta es el precio final de una unidad del producto o de una cantidad determinada de un producto, con impuestos incluidos y gastos de envo, si los hay.

El precio de venta tienen que estar indicados con carteles o con etiquetas visibles, expresados de forma inequvoca, fcilmente identificable y claramente legible, y deben estar precedidos por las siglas P.V.P. –precio de venta al pblico. Este precio incluye los impuestos (IVA, p. ej.) y los gastos, si los hay.

Quedan eximidos de la obligacin de mostrar el precio, por razones de seguridad, las joyeras y las peleteras.
Asimismo tambin se puede eximir, mediante Decreto, de la obligacin de indicar los precios en aquellas mercancas que, por su precio elevado, puedan ser causa objetiva de inseguridad para el establecimiento de que se trate. La dispensa de esta obligacin la pueden solicitar, en casos especficos, las entidades representativas de un sector.

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1.2. Precio por unidad de medida

  • El precio por unidad de medida es el precio final, incluidos los impuestos, por kilo, litro, metro, metro cuadrado o metro cbico del producto o una unidad de producto.
  • En productos cosmticos y complementos alimentarios, la unidad de medida estar referida a 100 g o 100 ml.
  • Para el tabaco de pipa la unidad de medida estar referida a 100 g.
  • En los huevos, la unidad de medida ser la docena.
  • Tambin se tiene que indicar el precio por unidad de medida en los supuestos siguientes:
    • En todos aquellos productos que deban llevar una indicacin de la cantidad a cuya magnitud tengan que referirse.
    • En los productos comercializados por unidades o piezas, utilizndose, en este supuesto, el uno como referencia de la unidad.
    • No es necesaria la indicacin del precio por unidad de medida:
      • cuando ste sea idntico al precio de venta.
      • cuando los productos se comercialicen en cantidades inferiores a 50 gramos o mililitros.
      • en los productos de diferente naturaleza que se vendan en un mismo envase y no se comercialicen individualmente productos idnticos a los que los componen.
      • en los productos comercializados por venta automtica.
      • en las porciones individuales de helados.
      • en los vinos de mesa con indicacin geogrfica y en los vinos con denominacin de origen.
      • en las bebidas espirituosas con indicacin geogrfica.
      • en los productos alimenticios de fantasa.
  • Excepto en los supuestos anteriores, cualquier publicidad o campaa comercial que mencione el precio de los productos, debe indicar tambin el precio por unidad de medida.
  • Los precios de los productos ofrecidos a granel (productos que no se encuentran envasados y que se miden o pesan delante de las personas consumidoras y usuarias):
    • se deben referir al producto pero no pueden incluir la tara del envoltorio o proteccin ajena a aqul.
    • el precio que se puede cobrar siempre ser el referido al peso neto del producto.
    • el peso neto de los productos congelados cuya venta a granel est permitida se entender con las tolerancias que la normativa especfica determine.
  • La lista de precios de los rtulos fijos tiene que estar redactada, al menos, en cataln.

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2. El precio de los servicios
Los precios de los servicios tienen que estar indicados con carteles o con listas. Los precios son totales y completos, es decir, incluyen impuestos y cargos (IVA…). La lista de precios debe estar redactada, al menos, en cataln.

En el caso de los restaurantes, los precios se tienen que exhibir tanto en el interior como en el exterior del local. En cambio, los bares nicamente deben exhibir los precios en el interior del local, de manera visible. Tanto los restaurantes como los bares deben tener las cartas de precios, al menos, en cataln.

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